viernes, 27 de agosto de 2010

Presentan el pedido de nulidad de las operaciones ilegales respecto al endeudamiento externo

En el día de ayer se presentó en el juzgado en lo criminal y correccional federal nº 2, a cargo del dr. Martinez de Giorgi, por la secretaría nº 4 del dr. Esteban Murano, el escrito que se encuentra abajo.

En el mismo se solicita la nulidad de todas las operaciones ilegales detectadas por el juzgado respecto al endeudamiento externo.

Pegamos a continuación el texto que nos hace llegar el compañero Alejandro Olmos Gaona.




HACEN MANIFESTACION. SE PRESENTAN. SOLICITAN AUDIENCIA

Señor Juez Federal:
FERNANDO EZEQUIEL SOLANAS, Diputado de la Nación, ALCIRA ARGUMEDO, Diputada de la Nación, JORGE CARDELLI, Diputado de la Nación, LILIANA PARADA, Diputada de la Nación, EDUARDO MACALUSE, Diputado de la Nación, CLAUDIO LOZANO, Diputado de la Nación, CECILIA MERCHAN, Diputada de la Nación, y VICTORIA DONDA PEREZ, Diputada de la Nación, todos con domicilio en la calle Riobamba 25, y constituyéndolo a los efectos legales en el mismo, en la causa Nº 7723 /98, caratulada “Olmos Alejandro s/denuncia por defraudación a la Administración Pública” a V.S. se presentan y como mejor proceda en derecho dicen:
I.- Que la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamentos de la Honorable Cámara de Diputados aprobó un dictamen sobre el Proyecto de Ley presentado por los suscriptos para crear una Comisión Investigadora de la Deuda Pública desde el año 1976, hasta el año 2010.
II.- En el referido Proyecto, como en el dictamen aprobatorio se estableció que la Comisión Investigadora dentro del año contado de su constitución, deberá producir el Informe Final, consignando el resultado de la investigación, y puntualizando la existencia de actos ilegales, ilícitos y de todas de las irregularidades que se hubiesen detectado en el endeudamiento contraído, si los hubiere, que tengan carácter vinculante desde el 24 de marzo de 1976 en adelante, hasta la última reestructuración efectuada en el año 2005. A tales efectos, se partirá de las actuaciones obrantes en las causas:"Olmos Alejandro s/denuncia” (Expte. 14467), que tramitara ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaria Nº 4, “Olmos Alejandro s/denuncia por defraudación a la Administración Pública (causa 9147/98, en tramite ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaría Nº 4; la causa iniciada en el año 2006 donde se sustancia la investigación del endeudamiento hasta el año 2005 iniciada por denuncia de Alejandro Olmos Gaona y Ricardo Daniel Marcos, acumulada a la causa 9147/98 y la causa "Cavallo, Domingo Felipe y otros s/ defraudación contra la administración pública" (Expte. 6420/2001) en trámite ante el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaria Nº 4.
III.- Que hemos tomado conocimiento, que el Grupo de Trabajo designado por V.S. e integrado por el Embajador Miguel Angel Espeche Gil, Dr. Julio Gonzalez, Lic. Héctor Giuliano, Dr. Nestor Forero y Dra. Graciela Gonzalez, presentaron en la presente causa un escrito pidiendo la nulidad absoluta de los 477 hechos ilicitos y fraudulentos indicados por el Juez Jorge Ballestero, en la sentencia dictada el 13 de julio de 2000.
IV.- Los fundamentos de la petición se encuentran justificados en lo normado por el artículo 1047 del Código Civil que dice: “La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando aparece manifiesta en el acto. Entienden los solicitantes que en la presente causa ha faltado la declaración de nulidad absoluta por los hechos ilicitos y fraudulentos que el juzgado detectó. Tales acciones hablan por si solas de las irregularidades injustificables que demuestran la existencia de un magno fraude en perjuicio de la Nación.
V.- El artículo 14 de la ley 19.549 dispone que el acto administrativo es nulo de nulidad absoluta e insanable cuando “la voluntad de la administración resultare excluída por error esencial, dolo, en cuanto se tengan como existentes hechos o antecedentes inexistentes o falsos, o por simulación absoluta; o por falsos los hechos o el derecho invocado; o por violación de la ley aplicable, de las formas esenciales o de la finalidad que inspiró su dictado” Todos estos preceptos se verifican en la presente causa. Correlativamente el artículo 17 de la norma citada establece que “el acto administrativo afectado de nulidad absoluta se considera irregular y debe ser revocado o sustituído por razones de ilegitimidad”. Por otra parte el Código Civil en su artículo 502 señala: “la obligación fundada en una causa ilícita es de ningún efecto”, a su vez los actos viciados de fraude y simulación están incorporados al artículo 954 del C.C.
VI.- También en su momento, entendemos que deberá contemplarse el artículo 802 del Código Civil, para el caso de las renovaciones y refinanciaciones de actos nulos ya que el mismo expresa taxativamente: “si la obligación anterior fuese nula, o se hallaba extinguida el día que la posterior fue contraída no habrá novación”; y los artículos posteriores al 784 que tratan de dar en pago lo que no se debe.
VII.- Entienden los integrantes del referido Grupo de Trabajo, que con esa fundamentación deberá declararse la nulidad de toda pretendida deuda que tenga por origen esos actos ilícitos. Es decir que queda involucrada, por lo menos, el grueso de la deuda externa original contraída durante la dictadura civico-militar y consecuentemete toda renegociación y refinanciación posterior de esa deuda.
VIII.- Correlativamente con esa clara posición jurídica, han presentado en su solicitud un análisis sobre la balanza de pago del país correspondiente a loos años 1978/1981, de cuyas cifras surge que existieron remesas al exterior absolutamente injustificadas por la suma de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DE DÓLARES (usd$ 38.528).
IX.- Los integrantes del Grupo de Trabajo han peticionado que todos los responsables de la contracción de la ilegítima deuda externa respondan con su patrimonio personal por haber participado en el fraude.
X.- Aun cuando han transcurrido una significativa cantidad de años, ello no impide considerar la clara imprescriptibilidad de los actos cuya nulidad se solicitara, ya que el Código Civil en el citado artículo 1047 determina que “la nulidad absoluta no es susceptible de confirmación. A su vez la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que “lo que es inmoral, lo que es contrario al orden social o que se reputa inexistente por falta de formas sustanciales, no puede subsanarse por el transcurso del tiempo. El acto será siempre inmoral, contrario al orden público o carente de las formas indispensables, cualquiera sea el número de años que hayan pasado desde su celebración. El tiempo es impotente para transformar lo inmoral en moral, lo ilícito en lícito, lo informal en formal, y siempre el acto conservará el vicio original” Esta argumentación refuta el falso criterio que sostiene que la oportunidad de declarar la nulidad de la deuda fraudulenta concluyó con la llegada de la democracia, o en su defecto en el año 2001.
XI.- También los presentantes han solicitado la restitución de las sumas pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme lo dispone el artículo 32 del Código Penal donde se indica que “el que por título lucrativo participare de los efectos de un delito estará obligado a la reparación hasta la cuantía en la que hubiere participado” En este orden de cosas, una vez identificada la secuencia de renovaciones y refinanciaciones y pago de deudas cuyo origen es ilegítimo, se deberá reclamar la devolución de los pagos efectuados por deudas declaradas nulas.

En razón de lo anteriormente expuesto a V.S. solicitamos:

1.- Se nos tenga por presentados y por constituído el domicilio legal indicado.
2.- Que hacemos nuestra, la presentación efectuada por el Grupo de Trabajo y ratificamos todos los terminos de la misma, por estar ajustada a derecho y dada nuestra condición de ciudadanos y representantes del pueblo de la Nación.
3.- A los efectos de informarnos del estado de las causas en tramite, que servirán de base para la Comisión Investigadora a crearse, y que tramitan ante el Tribunal a su cargo, le solicitamos una audiencia con carácter urgente

Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad que

SERÁ JUSTICIA

martes, 24 de agosto de 2010

Homenaje al compañero Felipe Vallese en el aniversario de su desaparición

El día 23 de agosto de 1962 secuestraban al compañero Felipe Vallese, militande la Juventud Peronista y de la Unión Obrera Metalúrgica, quien pasaría a ser el primer desaparecido. A continuación a modo de homenaje al compañero Felipe, reproducimos un par de páginas del libro "Héroes" de Ernesto Jauretche y Gregorio Levenson.



Felipe Vallese

El decreto 4161/55 (que prohibía toda referencia al peronismo, a Perón y a Evita y a sus familias) se aplicaba nuevamente por orden del Ministro del Interior Carlos adrogué. El presidente Guido era la fachada de los militares. El plan CONINTES (Conmoción Interna del Estado) seguía su marcha. Las cárceles rebosaban de militantes peronistas.
Frente al número 1770 de la calle Canalejas, a las 23.30 hs. del jueves 23 de agosto de 1962, un hombre es secuestrado. Con anterioridad se habían detectado movimientos sospechosos y personas extrañas en el barrio. Una estanciera gris frente a aquel número, un Chevrolet verde en la esquina con Donato Álvarez, un Fiat 1100 color claro en Trelles y Canalejas. Dentro de ellos varios hombres y otros en las inmediaciones de los coches.
A la hora señalada el automóvil estacionado en Donato Álvarez hizo guiños con los focos señalando el avance de un hombre. Lo reconocieron y todos convergieron hacia él, se le echaron encima y lo golperaon fuertemente. Pese a que se aferró con toda la fuerza de sus manos y clavó sus uñas en el árbol que tenía más cerca, lo llevaron a la estanciera gris que partió de inmediato.
Los gritos desesperados de la víctima de semejante agresión poblaron la noche y atrajeron a varios vecinos que, alarmados, dieron otro tono a la noche. Todos corrieron a defender al vecino; algunos intentaron acercarse. Un hombre armado, pistola en mano, los contuvo: “Esto no es para ustedes, píquenselas si no quieren ligarla”. Los comedidos se tuvieron que ir, viendo cómo, en plena ciudad, se raptaba a un hombre inerme. Para la época era un hecho desusado. Avisaron a la policía. Luego de una hora de espera llegó un oficial, recogió información, advirtió los restos de sangre. No dijo nada... Cuando se preguntó en la comisaría 50 por el suceso, respondieron “es la primera noticia que tenemos...”. Pero no era... La crónica apareció en el diario El Mundo en su edición del 25 de agosto.
El secuestrado se llamaba Felipe Vallese y tenía 23 años. Era integrante de la Juventud Peronista y fue el primer secuestrado-desaparecido de la Argentina. Al ser raptado se dirigía como todas las mañanas a cumplir con su trabajo en la fábrica metalúrgica TEA donde era delegado.
Pero Vallese no fue el único detenido en esa noche. De su casa de Morelos 628, la policía levanta a Mercedes Cerviño, Raquel de la Peña y Agustín Adaro. El hermano de Vallese, Ítalo, y Rosa Salas son secuestrados a las pocas cuadras.
A la una del día 24 todos son conducidos a la seccional Primera de San Martín. Los detenidos se hablaban a través de las paredes de las celdas. Felipe ya había sido torturado y de su nuca manaba abundante sangre. “Me reventaron” alcanzó a decir. Luego es trasladado a la comisaría de Villa Lynch. Desde allí manda por intermedio de un preso común que es liberado, un mensaje a la UOM, para que sepan de él.
“¿Dónde está Rearte?” es la pregunta que repiqueteó en la mesa de torturas. Felipe le confiesa a un vecino de celda de Villa Lynch cuyas declaraciones judiciales nunca se tuvieron en cuenta, que está “destrozado”. La policía provincial con un cinismo que luego haría escuela, contesta ante un requerimiento de la Justicia que Felipe Vallese no está detenido.
En algún momento, entre el 30 de agosto y el 1° de septiembre, Felipe es retirado de la comisaría de Villa Lynch. En un descampado cualquiera un policía aprieta el gatillo de su arma reglamentaria. Un mártir obrero comienza a transitar la historia.
Miles de voces argentinas de ahí en más, en actos, en marchas y concentraciones se harán escuchar para siempre:
“¡Un grito que estremece, queremos a Vallese!”

miércoles, 18 de agosto de 2010

Noticias internacionales

No solemos colgar de este blog noticias internacionales, pero nos han enviado fotos del conflicto del Sindicato de Luz y Fuerza en México, y consideramos que es imprescindible para el movimiento difundir su lucha.
Queremos manifestar nuestra solidaridad con los compañeros del Sindicato de Luz y Fuerza de México.

viernes, 13 de agosto de 2010

"soy el heredero de Juan Perón"


En el acto realizado en la matanza el viernes pasado Pino declaró: “Soy el heredero de Juan Perón en el sentido de defender su pensamiento y su doctrina”. “Yo me inicié en FORJA, con Raúl Scalabrini Ortiz”.
Queremos felicitar al compañero Pino Solanas por levantar las banderas históricas del peronismo y reconocer el rol fundamental que debe cumplir al interior del movimiento. Los compañeros del Frente de Agrupaciones Peronistas consideramos que desde la partida del general Perón el movimiento ha quedado sin un conductor. El compañero Pino Solanas es el mejor predicador que ha tenido el peronismo desde la partida de nuestro líder. Por eso celebramos sus declaraciones.

Recuperemos YPF



Desde la juventud del Frente de Agrupaciones Peronistas, junto a otras organizaciones decidimos hace un tiempo lanzar el grupo de Facebook YPF Luche y Vuelve. Desde su creación hasta el día de la fecha el grupo no ha parado de crecer. Ya somos más de 600 miembros que a lo largo del país nos unimos a la causa de la recuperación de la que fuera la primer empresa petrolera estatal del mundo.
En el grupo hemos colgado videos, artículos, fotos y han salido pintadas como la que compartimos arriba.
Los invitamos a unirse al grupo desde el link que aparece al costado de este blog y a difundirlo.

martes, 10 de agosto de 2010

Entrevista a dirigentes del FAP

Compartimos a continuación la entrevista realizada por Daniel Parcero en el programa Frente a Frente del pasado martes 3 de agosto a Dante Oberlin y Juan Carlos Añón dos de los miembros fundadores del Frente de Agrupaciones Peronistas.
Agradecemos al compañero Daniel Parcero por acercarnos este material.
PARTE I

PARTE II

miércoles, 4 de agosto de 2010

Homenaje a Germán Abdala (1955-1993)


Germán fue un luchador convencido de la justicia de su causa. Por eso era tan convincente. Un protagonista central en la construcción de un nuevo estilo sindical. Claro, preciso, carismático, acompañó a Víctor de Gennaro en la creación de la agrupación ANUSATE para la recuperación de ATE.
Fue Secretario General de ATE Capital y uno de los principales protagonistas del movimiento sindical peronista junto a Saúl Ubaldini,
Es electo diputado nacional por el Partido Justicialista, pero luego se va del PJ y construye junto a otros diputados el llamado “grupo de los 8”
Los integrantes del grupo fueron: Germán Abdala, Darío Alessandro, Juan Pablo Cafiero, Luis Brunati, Franco Caviglia, José Ramos, Moisés Fontela y Carlos "Chacho" Álvarez, quienes se oponen férreamente a las políticas neoliberales de Carlos Menem.